Si el proyecto para regular bebidas alcohólicas prospera en el Congreso, bebedores de ron y cerveza en aceras deberán dejar esa práctica, o enfrentar hasta 2 años de cárcel.
El artículo 6 del proyecto de ley establece clara y precisamente que “en las áreas del dominio público aceras, avenidas, parques, calles y áreas verdes- no podrán consumirse bebidas alcohólicas, excepto que el Ministerio de Interior y Policía lo autorice para la celebración de algún evento ocasional”.
Si los legisladores validan el proyecto, también se prohibirá el expendio de bebidas destapadas en lugares ubicados a menos de 300 metros de escuelas, hospitales y clínicas.
Además, la iniciativa, elaborada por Interior y Policía, ratifica el horario para el expendio de bebidas alcohólicas aplicado actualmente por disposición administrativa. Es decir, que los negocios pueden vender desde las 8:00 de la mañana hasta las 12:00 de la noche, de lunes a jueves, y hasta las 2 de la mañana, viernes y sábados.
Los días de celebraciones de fechas patrias y los locales y centros turísticos habilitados y certificados por Turismo, quedan excluidos de los límites de horarios establecidos en la pieza. Pero no todo estará perdido para los amantes de la parranda nocturna y para los propietarios de negocios. En el artículo 3 de esta pieza, el proyecto indica que, previa evaluación de seguridad ciudadana, criminalidad, violencia y delito, Interior y Policía está facultado para variar los días de la semana para aplicación de los horarios establecidos.
Este ministerio podrá reducir esas horas en localidades específicas y privilegiar con una hora adicional, “debidamente documentada”, los lugares de diversión autorizados para el expendio de bebidas.
Otros pormenores
En los establecimientos de venta de bebidas alcohólicas cerradas, el nivel límite de ruido tolerado será de 85 decibeles y en los sitios abiertos de zonas habitables, de 55.
Igualmente, quedará prohibido el expendio de alcohol a estudiantes con uniforme escolar, agentes policiales, militares y demás uniformados en servicio.
Las violaciones a estas prohibiciones serán castigadas con multas entre 50 y 100 salarios mínimos y responsabilidad penal de 6 a dos años de prisión.
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