El consultor de la Ley 63-17 de Movilidad, Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial de la República Dominicana, Dary Terrero, planteó que las multas por transitar durante el toque de queda dispuesto por el gobierno del presidente Luis Abinader, deben aplicarse en base a dicha normativa.
Terrero sostuvo a través de su cuenta de Twitter que las multas deben ser aplicadas de acuerdo con el artículo 281 sobre régimen sancionador de la ley y pagadas a través del Banco de Reservas para mayor transparencia en el manejo de los recursos recaudados bajo este concepto.
En ese sentido explicó que conforme a la ley los fondos recaudados por las multas son administrados en un 75% por la Procuraduría General de la Republica, para el mantenimiento de las cárceles del país y un 25% por el Instituto Nacional de Tránsito y Transporte Terrestre (INTRANT), para sus operaciones.
Indica EL NUEVO DIARIO que de acuerdo con terrero esto evitaría las dudas generadas en la población dominicana en los últimos días respecto al destino de los fondos recaudados por las numerosas multas impuestas por violación al toque de queda.
Según lo dispuesto por las autoridades si la persona que violenta el toque de queda circula en una motocicleta, la multa corresponde a dos mil, mientras si es en vehículo deberá pagar cinco mil pesos.
Se recuerda que desde este lunes 11 de enero hasta el 26 de enero entrará en vigencia el nuevo horario de toque de queda, que de acuerdo al decreto 7-21, emitido por el presidente Luis Abinader, será de lunes a viernes de 5:00 PM hasta las 5:00 AM, con tres horas de libre tránsito hasta las 8:00 PM y los sábados y domingos desde la 12:00 del mediodía hasta las 5:00 AM, con tres horas de libre tránsito hasta las 03:00 PM.
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